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Nuevas disposiciones para el pago de planilla electrónica

A partir del 1 de marzo de 2018,  los aportantes que tengan a su cargo diez (10) o más cotizantes; y los trabajadores independientes cuyo ingreso base de cotización sea mayor o igual a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($3.124.968) deberán realizar de manera obligatoria el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales únicamente mediante el uso de la Planilla Electrónica, como lo establece el Decreto 1765 de 2017 del Ministerio de Salud y Protección Social.

Según la norma, la obligatoriedad del uso de la planilla electrónica será de la siguiente manera:

PARA EMPRESAS

 

Rango de cotizantes Obligatoriedad uso planilla electrónica
10 a 19 cotizantes  1 de marzo de 2018
5 a 9 cotizantes  1 de junio de 2018
3 o 4 cotizantes, para municipios con categoría diferente a 5 y 6  1 de agosto de 2018

 

 

PARA INDEPENDIENTES

Rango ingreso base de cotización Obligatoriedad uso planilla electrónica Valor ingreso
Mayor o igual a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes

IBC de marzo de 2017 a enero de 2018  mayor o igual a$3.688.585

IBC a partir de febrero de 2018  S3.906.210

 

 6 de Marzo de 2017 Contrato de prestación de servicios e independientes con ingresos de marzo de 2017 a enero de 2018

Mayores o iguales a  $ $9.221.463
Contrato de prestación de servicios e independientes con ingresos de febrero 2018 en adelante

Mayores o iguales a  $  9.765.525

Mayor o igual a 4 e inferior a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes

IBC mayor o igual a $3.124.968 y menor que $3.906.210

 1 de marzo de 2018 Contratos de prestación de servicios e independientes con ingresos mayores o iguales a $7.812.420 y menores que $9.765.525
Mayor o igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes para residentes en municipios con categoría diferente a 5 y 6

IBC mayor o igual a $1.562.484  y  menor que   $3.124.968

 1 de junio de 2018 Contratos de Prestación de servicios e independientes con ingresosmayores o iguales a

$3.906.210 y menores que $7.812.420

Este proceso es fácil, rápido y sin intermediarios ni costos para el aportante, así mismo recuerde contactar a su operador para realizar el trámite y con el suficiente tiempo teniendo en cuenta su fecha límite de pago.

PLAZOS DE ACUERDO A NIT O DOCUMENTO DE IDENTIDAD

Día hábil Dos últimos dígitos del NIT o documento de identidad
00 al 07
08 al 14
15 al 21
22 al 28
29 al 35
36 al 42
43 al 49
50 al 56
10° 57 al 63
11° 64 al 69
12° 70 al 75
13° 76 al 81
14° 82 al 87
15° 88 al 93
16° 94 al 99

 

Instructivo sobre las nuevas disposiciones para el pago de la planilla electrónica.

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/Instructivo-planilla-electronica.jpg

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